
Si recuerdan el caso, los trabajadores fundadores del Sindicato fueron despedidos, precisamente, por formar el gremio al interior de la empresa.
El estudio de abogados que representa al Sindicato rebatió los argumentos por los que Claro solicita la nulidad de la demanda, que el Juez del Primer Juzgado Constitucional declaró nulos e infundados mediante Resolución en su oportunidad.
Pese a ello, Claro insiste en exigir la nulidad de la acción de amparo, mientras sigue sin evidenciar los motivos por los que fueron despedidos los trabajadores sindicalizados.
La defensa recordó al Juez y a todos los presentes en la sala la declaración del Sub Director de Recursos Humanos, Artuto Goicochea, frente a las inspectoras del Ministerio de Trabajo que se encargaron de levantar actas y constatar el despido en febrero de este año.
En dichas declaraciones, el funcionario tilda de «ilegal la formación del sindicato», es decir, que es ilegal formar un sindicato en las empresas del multimillonario mexicano Carlos Slim.
Estimados, salió nuestra sentencia en primera instancia, a favor. Los invito a que visiten nuestra web http://www.sindicatoclaroperu.com para que puedan leer, analizar y descargar las 23 páginas de la sentencia, hemos colgado una reseña de la sentencia también.
Nuevamente gracias por su apoyo y comentarios.
SUTAMP