Lima, Perú (Spacio Libre/Perú.21).- A partir del primero de enero de 2009, los trabajadores del sector público contratados bajo la modalidad de Servicios No Personales (SNP) podrán gozar de 15 días de vacaciones al año y contarán con un seguro de salud (Essalud, obligatoriamente) que será asumido por el Estado.
Así lo establece el reglamento del Decreto Legislativo 1057, publicado ayer por el Gobierno. Esta fue una norma promulgada en el marco de las facultades que el Legislativo le confirió al Ejecutivo para la implementación del TLC con Estados Unidos.
De acuerdo con el dispositivo, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, antes SNP, también se les reconocerá a estos trabajadores 24 horas de descanso semanal y un máximo no mayor de 48 horas de servicio semanal.
También establece que los contratados a partir de junio de 2008 –fecha en la que se publicó la ley– deben pertenecer a un sistema pensionario, ya sea estatal (ONP) o privado (AFP), cuyo aporte tendrá que ser asumido por el trabajador.
NO ES NUEVO RÉGIMEN.
El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Jorge Villasante, aclaró que con esta normativa no se crea un nuevo régimen laboral, sino que se reconoce derechos que los servidores públicos tenían postergados.
“No podemos ofrecer más allá de lo que permite la caja fiscal. Yo creo que estas 81 mil personas tienen que entender que durante 18 años no tuvieron absolutamente nada y este Gobierno les está reconociendo derechos mínimos”, argumentó.
MUY POCO.
En opinión del laboralista Jorge Toyama, estas medidas son positivas pues, luego de más de 15 años de existencia del mencionado régimen, se están reconociendo algunos beneficios. No obstante, advirtió que tales concesiones son muy pocas si se les compara con las que ya tienen las MYPE y las trabajadoras del hogar.
“No tienen estabilidad laboral, ni pago de horas extras, ni compensación por tiempos de servicios (CTS), ni gratificaciones”, comentó.
Consideró que el Estado está demostrando que, cuando se regula a sí mismo, lo hace con los mínimos costos laborales, situación que no ocurre cuando se trata del sector privado.
“Llama mucho la atención que se establezca un tope mínimo de aporte a Essalud de S/.94 (9% sobre la remuneración) para el Estado, cuando en el sector privado es un porcentaje del salario y se fija un mínimo de S/.50”, afirmó Toyama.
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