Consulta previa a comunidades no debe ser un mero trámite

Así lo sostuvo el director del Centro de Estudios Constitucionales PLURAL de Colombia, Armando Novoa, en el marco del taller “Experiencia de la Aplicación del derecho a la consulta en Colombia: aportes para el debate peruano”, realizado en el Congreso de la República y organizado por IDEA Internacional.
Novoa García explicó que, si bien en Colombia no se promulga una ley de, la Corte Constitucional es la encargada de canalizar y proteger a las comunidades en caso de ser vulnerados sus derechos, pues la consulta es definida como tal.
“La Corte, en caso de vulneración, protege a las comunidades mediante la acción de tutela, sin embargo la institución encargada de la consulta en el Ministerio del Interior, quien tiene un grupo de trabajo encargado de recibir solicitudes, entre otros”, acotó.