Sobre la «ley mordaza». La mirada legal

Lima, Perú (Spacio Libre).- El Congreso aprobó en la víspera, el proyecto de la denominada «ley mordaza» que modifica las sanciones penales para todo aquel que divulgue comunicaciones de carácter privado, obtenida por métodos ilícitos. El proyecto no pasó en el Congreso anterior, pero en el actual recibió el respaldo de casi todas las bancadas y fue aprobado con 97 votos a favor, cuatro abstenciones y el único voto en contra de Heriberto Benítez.

El proyecto castiga con una pena de entre dos y cuatro años de cárcel al que interfiera, escuche o difunda una comunicación privada, «independientemente del medio a través del cual haya tenido lugar», según recoge hoy el diario La República (más detalles aquí)

En Spacio Libre, quisimos conocer las implicancias legales de esta norma y le solicitamos al abogado Erick Iriarte, experto en Derecho y Nuevas Tecnologías, para que nos de mayor detalle sobre el tema. Su artículo a continuación (los resaltados son nuestros).

No Divulgación de comunicaciones privadas: entre la privacidad y la libertad de prensa
Por: Erick Iriarte Ahon, Socio Principal y Jefe del Area de Derecho y Nuevas Tecnologias de Iriarte & Asociados

El día 15 de Diciembre el en la sesión Pleno del Congreso de la República se aprobó el Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, recaído en los Proyecto de Ley Nº 00204/2011-CR y 00027/2011-CR y, mediante los que se propone modificar el artículo 162º del Código Penal, denominado interferencia y difusión de comunicaciones privadas. Esto debido al aumento de casos de dicho crimen y la falta de una sanción proporcional a quienes quebranten el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones.

Peláez: Es difícil que se indulte a Fujimori

Foto: Internet
Foto: Internet

Lima, Perú (Spacio Libre).- El Fiscal de la Nación, José Pelaez Bardales, reconoció que es «muy difícil» que se conceda un indulto humanitario a favor del exdictador, Alberto Fujimori, tal como se ha comentado en los últimos días.

«Es muy difícil que se conceda un indulto o un indulto humanitario a favor de Alberto Fujimori si es que no se modifica la norma que establece una prohibición de esta gracia presidencial para los delitos de secuestro y si no se acredita que tiene una enfermedad terminal que pone en riesgo su vida», sostuvo en declaraciones a Ideeleradio.

Peláez Bardales, quien presidió la parte fiscal en el juicio contra Fujimori, aseguró que el indulto pasa por el hecho «de si la ley permite o no la concesión para casos de delitos graves; en este caso el homicidio agravado y el delito de secuestro agravado no tienen indulto, entonces primero tendría que modificarse la ley para permitirlo”.