Compartir

Este jueves 14 de julio se debatirá y votará en el Concejo Metropolitano el pedido de vacancia interpuesto por la ciudadana Marleny Mestas contra el alcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio por, presuntamente,  haber violado la ley electoral al reunirse con la entonces candidata Keiko Fujimori y brindarle su apoyo público. Cosas de la ley, un documento a la medida podría salvar (otra vez) a Lucho.

Lucho y Keiko. Dios los cría... / Foto: ATV
Lucho y Keiko. Dios los cría… / Foto: ATV

Redacción Spacio Libre
@spaciolibre

Es una cosa de locos. El Concejo Metropolitano va a debatir este pedido de vacancia pero existe una leguleyada con la cual el suertudo alcalde Lucho Castañeda podría salvar su puesto.

Según el dictamen 090-2016 emitido por la Secretaría General de la Municipalidad de Lima, no existe razón alguna que sustente el pedido de vacancia toda vez, que el alcalde no habría infringido el principio de neutralidad de las autoridades en un proceso electoral porque estaba de licencia ese día de 09 de la mañana a 4 de la tarde.

Es decir, en ese lapso de tiempo nos quedamos como siempre sin alcalde, mientras que la teniente verdadera alcaldesa asumía el puesto por unas horitas.

El texto del dictamen señala lo siguiente:

la reunión sostenida por el Sr. Luis Oscar Luis Castañeda Lossio, con la señora Keiko Sofía el día 02 de junio, no se encuentra contenida en ninguna de las dos circunstancias antes descritas, por cuanto no fue una actividad oficial ni en el ejercicio de su función como alcalde y tampoco invocó en momento alguno su condición de tal; antes bien al amparo de la Resolución de Alcaldía No. 171 de fecha 01.06.2016, la señora Teniente Alcalde Metropolitana de Lima, ejerció las atribuciones políticas y funciones ejecutivas o administrativas que corresponden al Alcalde, desde las 9:00 hasta las 16:00 horas del día 02.06.2016, por consiguiente el Sr. Oscar Luis Castañeda Lossio, durante ese lapso no se encontraba desempeñando su función de Alcalde, no habiendo incurrido en infracción al principio de neutralidad, lo cual se corrobora con la Resolución No. 0003-2016-JEE-LIMA OESTE 3/JNE de fecha 10.06.2016 emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3.

Todo encaja ¿no? Un dato interesante. La licencia a la cual invoca el dictamen se basa, efectivamente, en la resolución de alcaldía 171 emitida (coincidencias de la vida) el día anterior de la reunión. Pero ¿quién firma y autoriza el permiso al alcalde de Lima? Pues, nada menos que el mismo alcalde de Lima.

Efectivamente, joven. Para muestra la resolución firmada por Lucho, dándole permiso a Lucho para dejar de ser alcalde por unas horitas al día siguiente.

Resolución de Alcaldía 171 – 2016

Un dato adicional. Este tipo de situaciones, aparentemente, es normal y legal. Lo usó en algún momento la exalcaldesa Susana Villarán para momentos similares en campaña electoral (sobre todo en la etapa de la revocatoria). Así que tal parece, que en esta oportunidad Lucho se salvará. Con un truco legal sí, pero así está la norma y no nos queda más que aceptarlo así nos moleste.

Lea el dictamen de la Secretaría General aquí.

Lea el pedido de vacancia presentado al JNE aquí.

Sobre el autor

Por Spacio Libre

Este es el espacio de la redacción, el de las notas casi volteadas, coyunturales y que recogen parte de lo que ocurre día a día. Los demás informes son firmados por cada uno de los autores y respaldados por el equipo. Síguenos en @spaciolibre y www.facebook.com/spaciolibre.pe

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *