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Tremendo. Pasamos al primer mundo de la era digital. Perú sanciona a Google por primera vez. Tremendo precedente. Lo sentimos, tenemos que pincharte el globo. Ni es una sanción judicial, ni sienta precedente sobre el «derecho al olvido». Keep calm y lee esta nota que aquí te lo explicamos.

En Google todo está tranquilo / Foto: Insidemonkey.com
En Google todo está tranquilo / Foto: Insidemonkey.com

Por: Francisco Pérez García
@franco_alsur

Una noticia apareció generando gran expectativa. Una resolución administrativa sentaba precedente en lo referente al denominado «derecho al olvido».

«Perú sanciona a Google por primera vez en la historia» rezaba el titular de la nota del diario La República al señalar que la Dirección General de Protección de Datos Personales había emitido una resolución donde se aplicaba por primera vez el derecho mencionado líneas arriba.

¿Y QUÉ ES EL DERECHO AL OLVIDO?

No se trata de algún éxito cumbiambero. Es más bien un derecho basado en el Habeas Data y la protección de datos personales, por el cual una persona puede pedir a Google (o a cualquier empresa que maneje buscadores e indexadores de datos en la web) que borre y elimine cualquier referencia a su persona.

Desde el año 2014, a partir de una decisión tomada en la Comunidad Europea, este derecho está respaldado para cualquier ciudadano de dicho grupo que pida ser «borrado» de la web, sin prejuicio de tomar alguna acción legal en contra de los buscadores. Sin embargo Google, por ejemplo, ha considerado que su misión es simplemente indicarle al usuario donde buscar un dato determinado, algo así como el «yo solo linkeé».

EL CASO PERUANO

En el caso mencionado, un ciudadano fue acusado de haber cometido un delito contra el pudor público en el año 2009, razón por la cual su caso apareció en diversos medios de comunicación y en sus respectivas páginas webs. Sin embargo, el proceso judicial (cuya información y sentencia final es pública) no encontró pruebas fehacientes razón por la cual fue absuelto.

Señala La República

Sin embargo, esta persona no estaba conforme debido a que la noticia seguía apareciendo en diversas páginas web y también en los resultados de la búsqueda de su nombre en Google.

Este ciudadano pidió al Juzgado penal que ordene a Google eliminar cualquier información o noticia relacionada al caso. El tribunal peruano encontró el pedido razonable e inicnicaió el trámite contra Google Perú.

Es así que la Dirección General de Protección de Datos Personales, del Ministerio de Justicia, emite una resolución directoral donde le «ordena» a Google borrar toda la información correspondiente al caso. Vea la resolución aquí (Ojo, es resolución NO sentencia como señala la nota)

Lamentablemente, y aquí es donde debemos pinchar el globo,  no le estamos haciendo ni cosquillas a Google, ni mucho menos sentando precedente.

Erick Iriarte, abogado especialista en temas de derecho a la información y protección de datos personales, asegura que esta decisión solo sienta un precedente polémico en el país, además asegura que no se trata de una «sentencia» sino de una decisión de carácter administrativo.

En declaraciones a Spacio Libre, Iriarte asegura que la resolución «es parte de un proceso administrativo, si el mismo está aun en proceso judicial no ha generado un precedente de seguimiento obligatorio».

Parte de la resolución que establece "sanción" contra Google / Foto: Minjus
Parte de la resolución que establece «sanción» contra Google / Foto: Minjus

Asimismo asegura que se deben tomar en cuenta tres elementos que deja la resolución y que le dan a Google suficientes elementos para una adecuada apelación en el ámbito judicial.

«Hemos de tomar en consideración tres elementos de la resolución: la primera que Autoridad considera que todo dominio .com.pe genera «territorrialidad» y por ende aplicación de legislación peruana en materia de datos personales.  Segundo que un instrumento válido de divulgación de información como es un medio digital puede terminar siendo «eliminado» al no quedar indexado por un buscador como Google, impidiendo el acceso de manera libre a información que es de relevancia social.»

Para entender este punto, imaginemos que una decisión judicial absuelve a -digamos, por mencionar un ejemplo- Fujimori. Entonces si el reo expresidente iniciara un proceso de este tipo, ¿debería desaparecer de Google toda la información relacionada a su juicio y a su sentencia que lo condena a 25 años? O si Alan García decidiera hacer uso de este derecho ¿debería eliminarse del índice de Google todo lo relacionado a los narcoindultos? (Tomando en cuenta que el Congreso ni lo ha tocado con el pétalo de una rosa)

Ahí si cambia toda la perspectiva ¿no?

Y es que bajo las premisas anteriores estaríamos ante una duda frente a los derechos de acceso a la información y la privacidad. Para el abogado y colaborador de Spacio Libre esta resolución demuestra que «una autoridad de datos personales sin una autoridad de transparencia genera un desequilibrio en el ejercicio de los derechos de privacidad y de acceso a la información».

En síntesis: Tranquilos, no le hemos ganado a Google ni hemos sentado precedente de nada.

About The Author

Por Francisco Pérez García

Periodista por vocación, profesión y adicción (y mucho de terquedad). Egresado de la Escuela de Periodismo Jaime Bausate y Meza. Fundador de Spacio Libre, interesado en toda la dinámica del periodismo digital y creyente de la (no) objetividad periodística y el enfoque con opiniones e interpretación. Especializado en temas de política y derechos humanos. Terco creyente que el país algún día cambiará y que el periodismo recuperará su función de informar y no de servir de plataforma para el mejor postor.

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