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Un banco de datos genéticos, es un instrumento que complementa el trabajo de búsqueda de desaparecidos y su posterior reconocimiento, para llevar justicia a los familiares de los más de 20 mil desaparecidos tras el conflicto armado interno del periodo 1980-2000.

Foto: Reúne

Francisco Pérez García
@franco_alsur

En junio de 2016, el gobierno de Ollanta Humala promulgó antes de irse la ley N° 30470 «Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000», la cual permitía iniciar procesos de búsqueda, de identificación y restitución de los cuerpos de estas personas desaparecidas por los terroristas y por agentes del Estado.

En diciembre del 2017, ya en el gobierno de Pedro Pablo Kuzcynski, presentó -en medio de la crisis política- el Proyecto de Ley N° 2252, Ley de Banco de Datos Genéticos ante el Congreso de la República. Sin embargo, los «mamani audios»,  la crisis producida por el caso LavaJato, la renuncia de PPK y el posterior mandato de Martín Vizcarra, dejaron pendiente la aprobación de esta norma que garantiza el respeto a la dignidad humana, la igualdad y la no discriminación de las personas desaparecidas y sus familiares.

El proyecto, que forma parte importante del avance en la ley de búsqueda de personas desaparecidas, estipula que  los perfiles genéticos se obtienen de las muestras biológicas (saliva o sangre) y el banco se encargará de la custodia de los datos relevantes para la identificación, que no caduquen por el pasar del tiempo, ni por el término de los procesos penales.

Además, indica que se guardará únicamente la información de perfiles genéticos útiles para la identificación humana, utilizando marcadores genéticos estandarizados internacionalmente y que no incluyen información sobre predisposiciones hereditarias u otros rasgos que corresponden estrictamente a la privacidad de las personas.

La red de familiares de las personas desaparecidas, producto de la violencia ocurrida entre los años 1980 al 2000, han inicado una campaña para promover la aprobación de la Ley N° 2252, Ley de Banco de Datos Genéticos que garantizaría el almacenamiento oportuno de la información genética de los familiares, su confidencialidad y su uso exclusivo en la búsqueda de los restos de los desaparecidos.

El caso Cayllahua

El 14 de marzo de 1991, una patrulla militar del Batallón de Infantería 34 de Pampa Cangallo (Ayacucho) al mando del teniente Collins Collantes Guerra ingresó a la localidad de Chuschi, espacio donde inició el accionar demencial de Sendero Luminoso en 1980.

Collantes, después de coordinar con el Jefe del Puesto Policial Luis Juárez Aspiro, consiguió que la patrulla se quede en las instalaciones de la sede policial. Horas más tarde, según la información obtenida en el juicio, los militares simularon un ataque subversivo a la comisaría. En esas circunstancias, otro grupo de militares, acompañados por el jefe de la policía se dirigieron a los domicilios de Manuel Pacotaype (alcalde), Marcelo Cabana (Teniente gobernador), Martín Cayllahua (Secretario Municipal) y del menor Isaías Huamán, procediendo a detenerlos. El motivo habría sido el haberse negado a constituir los Comités de Auto Defensa y por haber denunciado los abusos de los policías con los pobladores de Chuschi.

Según señala el resumen del caso en la web de Aprodeh

Las cuatros personas fueron conducidas a la comisaría, y a las 6 de la mañana del 15 de marzo son llevadas por los militares rumbo a la base de Pampa Cangallo. Los familiares al tomar conocimiento de ello los siguen, pero al percatarse los militares obliga a detenerse al conductor de un vehículo quien los transporta hasta el paraje de Huaccanccasa, donde desciende los de la patrulla y los detenidos, continuando la caminata hasta la parte posterior del BIM 34 por donde finalmente ingresan.

Los familiares de los detenidos logran darles cierto alcance y pueden ver claramente que los detenidos son ingresados por los miembros de la patrulla al recinto militar. Así, deciden caminar hasta la puerta principal con el fin de preguntar por ellos. Al llegar a la puerta del BIM 34 los encargados les niegan la presencia de los detenidos, obligándolos a retirarse, pese a sus reclamos.

Hasta la fecha se desconoce el paradero de las víctimas.

Fue hasta diciembre de 2014 que dos de los oficiales procesados por este caso fueron sentenciados. El Poder Judicial, estableció que los dos condenados fueron ejecutores del delito porque recibieron a los detenidos en la instalación militar, participaron en los interrogatorios y ocultaron información a familiares y autoridades sobre su paradero.

Cuatro años después, Roger Cayllahua Huamaní, hijo de Martin Cayllahua Galindo, desaparecido hace 26 años, hace un llamado a todos los peruanos para que apoyen la promulgación de la Ley del Bando de Datos Genéticos.

El año pasado Angélica Mendoza Arcarza (Mamá Angélica, fundadora de ANFASEP) falleció sin tener noticias de su hijo, desaparecido hace tres décadas. Ella como familiar directo no dejó su ADN por la falta de un banco de datos genéticos, que preservaría la información si en un futuro hallarán los restos del hijo desparecido. De ahí la importancia de esta norma.

Cabe recordar que hasta antes de la promulgación de la Ley N° 30470, la búsqueda de personas desaparecidas se realizaba solo en el marco de procesos penales, lo que limitaba la investigación a cada caso denunciado. En el 2015, el Ministerio Público registraba 534 denuncias por desaparición forzada. De éstas, el 84% es decir, 435 se encontraban en etapa de investigación, 8% en proceso y 8% en nivel superior.

Hoy, que se recuerdan 15 años de la entrega del informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, urge tener políticas que permitan impulsar la búsqueda adecuada de nuestros compatriotas desaparecidos para lograr que se obtenga justicia en un país que cada vez la ve más lejana.

DATOS:

  • 20329 personas desaparecieron en el Perú entre 1980 – 200 según el Registro Nacional de Personas Desparecidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (RENADE).
  • En 24 regiones del país se reportaron desapariciones, principalmente en Ayacucho (9842), Junín (2976), Huánuco (2530), San Martín (1206) y Huancavelica (1048).
  • A la fecha 5700 personas se encuentran con paradero conocido pero sin certeza legal de su muerte.
  • Aún quedan 13764 personas con paradero desconocido o incierto.
  • En el 2015, el Ministerio Público registraba 534 denuncias por desaparición forzada. De éstas, el 84% es decir, 435 se encontraban en etapa de investigación, 8% en proceso y 8% en nivel superior.
  • Según el Ministerio Público, aproximadamente 2400 personas han sido identificadas y restituidas a sus familiares.
  • Para conocer más detalles de la campaña ingresa al fan page de la asociación de familiares de desaparecidos #Reúne

Sobre el autor

Por Francisco Pérez García

Periodista por vocación, profesión y adicción (y mucho de terquedad). Egresado de la Escuela de Periodismo Jaime Bausate y Meza. Fundador de Spacio Libre, interesado en toda la dinámica del periodismo digital y creyente de la (no) objetividad periodística y el enfoque con opiniones e interpretación. Especializado en temas de política y derechos humanos. Terco creyente que el país algún día cambiará y que el periodismo recuperará su función de informar y no de servir de plataforma para el mejor postor.

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