Licencia de José Luna sería anticonstitucional
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Lima, Perú (Spacio Libre).- Una acalorada polémica se ha desatado tras que José Luna Gálvez, congresista de Solidaridad Nacional y tercer vicepresidente del Legislativo, anunciara que tomará una licencia sin goce de haber para hacer proselitismo por la revocación de la alcaldesa de Lima, Susana Villarán.

Según la ley, “Los congresistas tienen derecho: A solicitar licencia oficial para ejercer las funciones a que se refiere el segundo párrafo del artículo 92º de la Constitución Política (si es ministro de Estado o si integra una comisión extraordinaria de carácter internacional), y licencia por enfermedad o viaje oficial” y  “En el caso de licencia por viaje particular, se decidirá según la evaluación que se realice sobre los motivos o la utilidad del viaje en beneficio del Congreso o del país. En otros supuestos no previstos decidirá la Mesa Directiva”, se agrega.

Debate

Algunos especialistas sostienen que Luna habría violado el reglamento del Congreso de la República porque  la solicitud que presentó no fue evaluada ni aprobada por la Mesa Directiva y que un acto de proselitismo no puede corresponder a su “labor de representación”, como lo asegura el solidario.

El segundo vicepresidente de la Mesa Directiva, Juan Carlos Eguren, declaró que la solicitud no fue evaluada por su instancia congresal porque no es la costumbre “En el caso de las licencias para congresistas se aplica el derecho consuetudinario, la práctica común, por la cual estos pedidos se ejecutan inmediatamente”, argumentó Eguren.

Sin embargo, un vocero de la Oficialía del Congreso afirmó que la licencia de José Luna se hizo efectiva “automáticamente” al entregar este su solicitud porque pidió una “licencia sin goce de haber”, pero que igualmente debe ser refrendada por la Mesa Directiva.

Para Víctor García Toma, abogado constitucionalista,  “El artículo 22º del reglamento interno del Congreso estipula que el congresista puede pedir licencia si es ministro de Estado, si integra una comisión extraordinaria de carácter internacional o por enfermedad, pero debe documentarlo. Sin embargo, el pedido del congresista Luna no encaja en ninguno de estos supuestos, en los que la licencia se hace efectiva automáticamente. En su caso, ya sea que haya pedido una licencia por viaje particular o por ‘otros motivos’ no previstos, es la Mesa Directiva la que debe evaluar si se le da o no el permiso. Eso incluye su argumento de que participar en la campaña del SÍ es parte de su labor de representación”.

El también abogado constitucionalista, Anibal Quiroga, expresó que “El congresista Luna no puede dejar su curul para realizar una actividad política (…) Es un tema que debe definir legalmente la Oficialía Mayor, y la Mesa Directiva debe negarle la licencia e indicarle que no procede porque al ser congresista no puede dedicarse a una actividad política distinta (…) Ser congresista es el único cargo público al que no se puede renunciar. Hasta el presidente de la República puede hacerlo, pero un congresista no”, sentenció.

Por: Javier Contreras/ @Javiperiodismo

(Con información de Diario 16)

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