Lima, Perú (Spacio Libre/El Comercio).- Las explicaciones sobre las mejoras de las condiciones carcelarias concedidas al ex presidente Alberto Fujimori siguen apuntando, cada vez con mayor fuerza, a que estas se dieron como consecuencia de un acuerdo político entre el Gobierno y el fujimorismo, informó hoy el diario Perú 21.
Si bien los representantes del Ejecutivo han señalado que esta flexibilización (un cambio del régimen especial al régimen ordinario) se efectuó respetando la norma penitenciaria, el matutino descubrió que, en realidad, lo que hubo fue una interpretación subjetiva, y no técnica, del decreto que establece la clasificación de internos, con el fin de favorecer a Fujimori.
La norma en cuestión es el artículo 11-B del Decreto Legislativo 984 (promulgado en julio de 2007), el cual indica que «la vinculación del interno a una organización criminal y la evaluación de su perfil personal fundamentan su ubicación en el régimen especial» (que es la condición carcelaria de mayor severidad).
Sin ningún sustento legal, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) interpretó la frase «vinculación del interno a una organización criminal» en el sentido de que se refería a aquellos individuos que estuvieran siendo procesados por el delito de asociación ilícita para delinquir.
En consecuencia, su razonamiento fue que, como Fujimori no es juzgado por ese delito, entonces no debía permanecer en el régimen cerrado. Por ello, lo ubicaron en el régimen ordinario, con una serie de beneficios.
La propia ministra de Justicia, Rosario Fernández, ha venido diciendo, desde la semana pasada, que el Poder Judicial fue el que comunicó al INPE que el ex mandatario no está siendo juzgado por el delito antes citado, y que, por lo tanto, la institución penitenciaria se vio obligada a variar su régimen de carcelería.
La verdad de la norma
Sin embargo, lo dicho por Fernández no es correcto. Ayer, el jefe del INPE, Leonardo Caparrós, admitió que el cambio de régimen a Fujimori fue consecuencia de una interpretación subjetiva que hizo su institución de la norma penitenciaria.
¿En qué ley, decreto o código se dice que pertenecer a una organización criminal es lo mismo que estar siendo procesado por asociación ilícita para delinquir? se le preguntó al ex jefe del INPE Wilfredo Pedraza y este aseveró que no hay ninguna norma que establezca esto.
«Estar imputado por delito de asociación ilícita para delinquir no significa que, automáticamente, se le dará al interno el régimen especial. Pero tampoco significa que, si el reo no está acusado por ese delito, tendrá un régimen ordinario», refirió.
Régimen de mayor seguridad
A Fujimori le corresponde, de acuerdo con la misma norma (Decreto Legislativo 984), el régimen especial, es decir, de mayor seguridad.
Esto debido a que el ex presidente está siendo juzgado como líder de una organización criminal denominada Colina, la cual secuestró, asesinó e incineró a personas.
La evaluación de su perfil, elaborado el año pasado por el órgano de Tratamiento Penitenciario del INPE, arrojó que Fujimori debía estar en el régimen especial pues se trata de un acusado que no se entregó a la justicia, sino que se mantuvo prófugo por largo tiempo y que tuvo que ser capturado para someterse al Poder Judicial.
Cuando se le preguntó a Caparrós por qué no habían tomado en cuenta que Fujimori es considerado líder de una organización criminal -lo cual se consigna en la acusación fiscal-, señaló que nunca tuvieron acceso a ese documento ni a otro donde se le diera esa calificación.
«La acusación fiscal, que está dentro del expediente del juicio, no es un documento que se entregue al INPE. Además, al momento de hacer la clasificación, el órgano respectivo no tenía a la vista esa acusación fiscal», explicó el jefe de la institución penitenciaria.
Ahora que Caparrós es consciente de que existe una acusación fiscal en la que se considera a Fujimori como líder de una organización criminal, cabe preguntarse si el INPE o el Ministerio de Justicia pedirá oficialmente dicho documento a la Fiscalía o a la Corte Suprema, de modo que efectúe una nueva evaluación de su régimen de carcelería, esta vez con todos los documentos necesarios.
Por lo analizado en las normas vigentes, el ex mandatario no merece los beneficios y privilegios penitenciarios que se le han otorgado recientemente, los mismos que han convertido su reclusión en la sede de la Diroes en una cárcel dorada.
Cuestiones políticas
La semana pasada, El Comercio reveló que, antes de que se beneficiara a Fujimori en sus condiciones carcelarias, la ministra de Justicia se reunió con el fujimorista Rolando Sousa y que, después, junto con el jefe del INPE, lo hizo con el presidente del Consejo de Ministros, Jorge del Castillo.
En ese momento, la titular de dicho sector no negó tales encuentros, pero aclaró que en ningún momento se habló del caso del ex presidente. Lo mismo indicó Caparrós.
Fuentes confiables sostienen, sin embargo, que Fernández pasó por el edificio donde labora Caparrós, en el Cercado de Lima, y lo llevó con ella a la reunión con Del Castillo.
Cabe recordar, también, el ingreso a la Diroes del ministro del Interior, Luis Alva Castro. Aunque este ha negado que fuera para ver al ex mandatario en su propia celda, las fuentes policiales dicen lo contrario. Todas estas acciones del Gobierno habrían tenido como fin beneficiar a Fujimori, a cambio del apoyo de su bancada en el Congreso.
Ayer, por si había quedado alguna duda sobre la participación del Poder Judicial en la variación del régimen al ex gobernante, el titular de la Corte Suprema, Francisco Távara, ratificó que los vocales que lo juzgan nada tuvieron que ver con estos hechos.
Foto: CNR