Por: Jack Hurtado / @JackHurtado
¿Sabías que el secreto de comunicaciones de cualquier peruano podría estar en peligro? ¿Has escuchado hablar de la Ley de Delitos Informáticos? En Spacio Libre estamos sumamente preocupados por este ‘culebrón’ que se ha desatado en el Congreso de la República, de la mano del legislador Alberto Beingolea. Por eso, buscamos a Erick Iriarte, abogado y especialista en sociedad de la información para que nos aclare el panorama. La #LeyBeingolea ¿va o no va?
Ley de Delitos Informáticos: entiéndase qué es
Erick Iriarte asegura que esta norma está pensada en regular los delitos que ocurren a través de vías informáticas, llámese computadoras; laptops, tabletas, notebooks, smartphones, etc. Sin embargo, la forma en la que se está desarrollando “termina afectando libertades y derechos constitucionalmente protegidos”. ¿Cómo así? Pues a través del secreto de comunicaciones. Para entenderlo mejor, es necesario comprender qué es secreto de comunicaciones. El especialista en nuevas tecnologías nos lo explica mejor:
“Un secreto de comunicaciones está establecido bajo la constitución, que es la comunicación que tenemos cualquier persona, y solamente puede ser levantada por un mandato de juez. Cuando esto lo desarrollas técnicamente, un secreto de comunicaciones también es el tráfico de las llamadas (a quién llamas, a quién dejas de llamar, el contenido mismo, etc). Además es el mensaje a dónde transmites o de donde te lo transmitieron; y esto está fijado en el número IP, que es un identificador cuando te conectas a la red», señaló.
¿Y si le cambiamos el nombre?
En una reciente entrevista, el parlamentario Beingolea deslizó la posibilidad de cambiarle el nombre a la Ley de Delitos Informáticos y denominarla «Ley de Delitos Informáticos y Cometidos a Través de Medios Informáticos», para Iriarte sería «lo más idóneo», aunque resalta que el título solo es una parte del problema. Además, nos dio las diferencias de contenido en ambas nomenclaturas:
«Los delitos informáticos son los que atacan al bien jurídico de información: cracking, daño a la información, etc. Mientras que los delitos por medios informáticos son los delitos ya tipificados en el Código Penal, pero que a su vez se puede realizar por medios electrónicos; por ejemplo el fraude se puede realizar en papel, telefónico, informático; pero no deja de ser fraude. Por eso los delitos informáticos son los que se dan por medios de tecnología», explicó.
¿Nuestros jueces saben de tecnología?
Los hurtos o fraudes informáticos están establecidos en el código penal como delito y como fraude; sin embargo, La ‘Ley Beingolea’ busca explicarles a los jueces qué es o no delitos informáticos. Para Iriarte esto sería como llamar a los jueces y fiscales “brutos”.
¿Por qué la ley estaría afectando la Constitución Política?
Para el abogado, de los “23 artículos que tiene la norma, por lo menos en 20 afecta a la Constitución”. Especialmente, porque la Constitución establece que el secreto de comunicaciones solo puede ser levantado por el juez, mientras que el artículo 23 dice que tráfico de llamadas, número de abonados, de teléfonos, números IPs no son secretos de las comunicaciones. «La Constitución dice que todo es secreto de las comunicaciones. De pronto una norma dice que no es. Un contrasentido total», declaró a Spacio Libre.
«Que el proyecto de ley caiga»
Iriarte espera sinceramente que la llamada #LeyBeingolea no vaya más, que caiga -por los motivos obvios que se desarrollan en esta entrevista- «Los usuarios y la población no puede dejar que sus derechos sean vulnerados», finalizó.
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