Lima, Perú (Spacio Libre).- Según Decreto Supremo publicado hoy en las Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Ministerio de Defensa aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Militar que entrará en vigencia desde mañana.
La finalidad de dicho reglamento es establecer las normas y procedimientos para la aplicación de esta ley y sus modificaciones. Así, la dependencia de Movilización y Reservas de Casa Armada quedará a cargo del sorteo con que se cubrirán plazas que requieran las instituciones armadas, en presencia de un notario.
Por cada sorteado serán elegidos dos suplentes. De no acudir al llamado de las dependencias correspondientes, cada sorteado deberá pagar como multa 50% de una UIT. De no cancelarse la deuda se suspenderán los efectos legales del DNI, quedando a salvo «solo el valor identificatorio del mismo».
Pese a salir sorteados la ordenanza exonera de prestar el Servicio Militar Acuartelado a los que adolecen de discapacidad física o mental grave o permanente, los que cumplen pena privativa de la libertad, los que presten servicio social voluntario a la comunidad, los responsables del sostenimiento del hogar y los residentes en el extranjero.
Asimismo, los que acrediten estar cursando estudios universitarios. Cabe resaltar que el reglamento no incluye a los que estén estudiando alguna carrera técnica en institutos u otro tipo de instituciones.
Por: Martín Alvarado/@martinalcor
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