
Huelgas, enfrentamientos, pronunciamientos a favor y en contra, universitarios en las calles… La reforma de la ley universitaria ha divido a la sociedad, y en Spacio Libre hacemos un resumen de todo lo sucedido hasta el momento.
¿Por qué los estudiantes rechazan la nueva ley universitaria?
Para los estudiantes la autonomía universitaria estaría en peligro y se dependería de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria, institución que reemplazaría a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), cuyo presidente, Orlando Velásquez, asegura que este proyecto es una «injerencia del poder político» y por eso (los estudiantes) temen que el sector empresarial ejecute su propuesta de la privatización de la educación.
Sobre la elección del rector y los dos vicerrectores (uno académico y otro de investigación), con esta ley, el voto será universal, es decir, docentes y estudiantes matriculados y graduados podrán elegir a su rector y vicerrectores, pero los docentes ordinarios tienen los dos tercios de los votos, mientras que los universitarios el restante tercio, pero los universitarios exigen que el voto de los docentes tenga el mismo peso que el del total de estudiantes.
En cuanto a la destinación de fondos, pese que se dispone que los gobiernos regionales entreguen el 20 % del canon a las universidades públicas de su zona, los universitarios consideran que no es suficiente.
La plataforma de lucha universitaria contempla 7 puntos en los que los universitarios peruanos discrepan de esta nueva legislatura: Fundación de la Superintendencia; autorización de funcionamiento; Evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa; forma del bachillerato y licenciatura; investigación y elección de autoridades
Acreditarse o dejar de enseñar

Fue la bancada de Gana Perú que presentó el proyecto de ley que obligaría a las universidades públicas y privadas, a acreditar que la educación que imparten cumple criterios de calidad, proyecto que está incluido en la reforma.
El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (Coneau) acreditará a las universidades, para permitir su funcionamiento.
La ley consigna que los centros de enseñanza se adecuarán a lo previsto en esta ley, hasta en un plazo de cinco años.
Para el rector de la Universidad San Marcos, Pedro Cotillo, la nueva ley universitaria pondrá en manos de los “políticos de turno” a las casas de estudios:
“La creación de una superintendencia adscrita al Ministerio de Educación viola la autonomía en medida de que su titular va a legislar, gobernar y administrar todas las universidades del país. Y como dependerá del ministerio dependeremos del político de turno. Eso no es la esencia de la autonomía”, manifestó.
Algunos congresistas advirtieron que sus homólogos de Perú Posible y el oficialismo pretenden imponer esta ley.
“No estamos de acuerdo que una ley tan importante y de gran trascendencia pueda tener una celeridad que deje de lado escuchar a las personas que participan directamente”, dijo el fujimorista Rosas.
“Emplazo a Rimarachín (uno de los propulsores de la norma) que fue el autor intelectual de la superintendencia. Que diga que se equivocó y que la autonomía hay que respetarla”, manifestó.

La comisión que preside Daniel Mora ha aprobado ya los primeros seis capítulos.
Capítulo I: Disposiciones generales
El objeto es normar la creación, funcionamiento, supervisión, transparencia y cierre de las universidades, así como considerar los principios y funciones del modelo institucional.
Capítulo II: Superintendencia Nacional de Educación Universitaria
Adscrita al Ministerio de Educación, hará la supervisión de la calidad de educación, fiscalizará el uso de los recursos de las universidades. Esta institución podrá decidir la cancelación de la acreditación de una universidad.
“La educación es un servicio público y debe estar garantizado por el Estado, es necesaria la creación de una Superintendencia de Universidades, la cual será normativa y reguladora”, sostuvo el presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora.
La Contraloría se fundamentó en los resultados de una investigación denominada «Estudio sobre la Problemática de las Universidades Nacionales» (2005-2010), que revelaría serias deficiencias en estos centros de estudio
Capítulo III: Creación y autorización del funcionamiento de universidades
Antes de la constitución de una universidad pública o privada, se requiere la opinión favorable de la superintendencia, los requisitos para la creación de universidades y las disposiciones para la autorización de funcionamiento provisional de universidades privadas, la cual no será mayor a los cinco años.
Capítulo IV: Evaluación, acreditación y certificación.
En tanto, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (Coneau), que depende del Sineace, acreditará las carreras o instituciones universitarias.
Capítulo V: Organización académica
El estudiante, una vez que culmina sus ciclos académicos, podrá lograr el grado de bachiller elaborando, presentando y sustentado una tesis de investigación y para la obtención de la titulación profesional, el bachiller podrá sustentar una segunda tesis o presentar un trabajo de suficiencia profesional, así como demostrar el conocimiento de un idioma extranjero o una lengua nativa.
Capítulo VI: Investigación
Esta parte del proyecto, aprobado el 24 de junio, no ha tenido mayores cuestionamientos, porque en ella se considera a la investigación como una función esencial y obligatoria de cada universidad, que tendrá la labor de propiciarla, fomentarla y realizarla. Las universidades públicas o privadas deberán participar en la elaboración y formación del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Con información de La República, El Comercio y Archivo Spacio Libre
Por: Javier Contreras/ @Javiperiodismo
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