APRODEH considera que estado de Emergencia es una respuesta autoritaria contra amazónicos

APRODEH, recuerda que «la Constitución Política del Estado señala en su artículo 137, que el Estado de Emergencia solo se puede declarar cuando peligre el orden interno, haya catástrofes o graves circunstancias que afecten la vida de la nación», por lo cual consideran que el Decreto Supremo N° 027-2009-PCM que declara el Estado de Emergencia intenta justificar esta medida de excepción al señalar de manera vaga la existencia de «personas no identificadas» que amenazan con ejecutar actos de fuerza que paralicen las labores de exploración petrolera o ante la supuesta presencia de agentes que vienen ejerciendo «medidas de fuerza», información que, según señala el mismo Decreto, es emitida por una parte interesada del conflicto como son las empresas petroleras, que además no operan en la mayoría de distritos donde esta medida de fuerza ha sido declarada.
