DIGITAL LEX SED LEX. Algunos hechos relevantes de las políticas de la Sociedad de la Información en el 2012

DIGITAL LEX SED LEX. Algunos hechos relevantes de las políticas de la Sociedad de la Información en el 2012

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Foto: Internet

Por: Erick Iriarte Ahón

El 2012 ha sido un año lleno de sorpresas, realmente una experiencia mas que gratificante en todo sentido en lo que respecta a temas de políticas y marco legal de Sociedad de la Información en el Perú.

Se han avanzado temas normativos, pero también propuestas de Políticas Públicas, conjuntamente hemos realizado batallas digitales por defender nuestros derechos en la red así como mantener un #internetlibre siempre.

En lo personal también me ha tocado roles de pasar de la protesta a la propuesta (aún con sus vaivenes propios), pero confiados en que al final hechos actuado de acuerdo con los principios que hemos defendido y creído siempre.

Ha sido un año largo, pero que ha abierto esperanzas en todo sentido, y de nosotros depende que así siga siendo de aquí en adelante.

1. Ley de Banda Ancha

El día viernes 20 de Julio, se ha publicado en el Diario El Peruano la Ley N° 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica,la misma que cuenta con 32 Artículos divididos en V Títulos, cuyos principales alcances son los siguientes:

El objeto de esta Ley es impulsar el desarrollo, utilización y masificación de la banda ancha en todo el territorio nacional tanto en oferta como en demanda. Se busca fomentar la inversión en redes de fibra óptica y en el despliegue de servicios de comunicaciones de banda ancha, proponer la competencia en el mercado mayorista de alquiler de circuitos y en el mercado minorista de servicios finales que se ofrece a los usuarios.

Asimismo, la iniciativa legal facilitará la reducción de costos de los servicios de telecomunicaciones, con lo que consecuentemente se reducen las tarifas a favor de los usuarios, además se masificará el acceso a los servicios de banda ancha, entre otras ventajas.

Se define a la banda ancha como la conectividad de transmisión de datos, principalmente a internet, en forma permanente y de alta velocidad, que le permite al usuario estar siempre en línea, a velocidades apropiadas para la obtención y emisión interactiva de información multimedia y para el acceso y utilización adecuada de diversos servicios y aplicaciones de voz, datos y contenidos audiovisuales.

Foto: Internet

Es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones el ente encargado de determinar y actualizar periódicamente la velocidad mínima para que la conexión sea considerada como acceso a internet de banda ancha. Osiptel, determina y actualiza periódicamente otras características técnicas de las conexiones a internet de banda ancha y a la vez quien determine las conductas de los proveedores que no serán consideradas arbitrarias relativas a la neutralidad de la red.

En cuanto a la infraestructura esencial de la banda ancha, es política del estado que el país cuente con una la red dorsal nacional de fibra óptica, que facilite el acceso de la población a la banda ancha y que promueva la competencia en la prestación de este servicio.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es responsable de implementar la red dorsal, de manera progresiva, definiendo condiciones técnicas, económicas y legales, siendo Osiptel encargado de emitir opinión como ente regulador y agencia de competencia. Por su parte, Fitel, elaborará y financiará proyectos para el despliegue de redes de alta capacidad que integren y brinden conectividad a nivel distrital. Así también los Gobiernos Regionales podrán financiar estos proyectos cuando éstos formen parte de su jurisdicción.

El Estado podrá dar en concesión, manteniendo su titularidad, la implementación de la red dorsal nacional a través de PROINVERSION. Asimismo, intervendrá de manera subsidiaria en zonas donde no participa la inversión privada.

Por otro lado, el Estado contará con una Red Nacional(REDNACE), que será una red de acceso que se utilizará para el desarrollo de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, quedando prohibido su uso comercial.

Respecto a los organismos competentes para la promoción de la banda ancha, la formulación de políticas públicas para la promoción de la banda ancha esta a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mientras que, la formulación de políticas públicas en gobierno electrónico está a cargo de la ONGEI.

Finalmente, encontramos también, una tipificación de infracciones y sanciones para éstas. Las referidas infracciones se clasifican en muy graves y graves, destacando los supuestos de negación injustificada de acceso a la red y el acceso a infraestructura hecha para otros servicios que sea usada para el servicio de telecomunicaciones.

2. SOPA (y CISPA, PIPA y otras hierbas)

@barackobama The White House on #SOPA: protect intellectual property, but don’t threaten an open internet.

De esta manera la Casa Blanca enfocaba el problema, no se puede regular la red de manera tal que afecte el #internetlibre, y siguiendo lo dicho respondía a un amigo sobre mi posición en este tema de utilizar una regulación

“internetlibre vs. censura»

“derecho de autor de pocos o de todos”

El gran problema durante los pasados años (casi 200) ha sido la construccion de un derecho de autor de unos pocos olvidando que el derecho de autor le corresponde a todo ser humano (al menos asi lo entiendo del articulo 26 de la declaracion universal de derechos humanos), partiendo de esa premisa, una batalla que termina afectando a todos en lugar de afectar solo a los que vulneran los derechos termina siendo no solo injusta, sino generando lo que ha pasado en los pasados dias, una desazon total. No es mio el discurso es de Francis Gurry (Director WIPO aquí), en su critica al modelo de negocio que se ha venido teniendo hasta ahora habia hecho que la gente de a pie hiciera era rechazar el “derecho de autor” permitiendo que surgan cosas como “el partido pirata”, entre otras. Gurry creo que fue claro, o cambiamos el modelo o nos vamos todos juntos.

Yo no hablo de un internetlibre vs. derechodeautor, en primer lugar porque creo en el derechodeautor, hablo de que un instrumento creado para controlar la libertad de internet para perseguir delitos, termina siendo un bazuca contra una mosca, mataste la mosca y te bajaste todo. No en vano la Casa Blanca fue clara en esto: “protejamos la propiedad intelectual, pero no se dañe la infraestructura basica de internet”.

Foto: Internet

Si hay delito que se persiga, y ya los instrumentos estan dados como la DCMA; aqui el que este protegiendo la pirateria esta fuera de sitio, aqui se busca evitar que del salto de propiedad intelectual pasen al control de contenidos (y eso se llama censura) por cualquier motivo. Que uno no debe pensar mal, ni debe sentir que se vulneraran derechos; entiendo que los promotores de la ley #sopa han sido claros en que no atacaria la libertad de expresion, pero sin embargo la percepcion de muchos es que no es asi. Siendo asi estoy del lado del internet libre y de un derecho de autor de todos.

Un largo y fructífero debate que se llevo por varias redes se puede leer aquí:

3. La lucha contra la #leyBeingolea

“El hacha sirve para cortar cabezas; pero también la utilizamos para cortar árboles y hacer casas con su madera. Has de aprender a descubrir lo mucho bueno que hay en lo malo y lo malísimo que puede resultar lo bueno. El dulce azúcar puede hacernos daño y el asqueroso ricino nos puede curar.” Don Cesar de Echague by Jose Marllorquí

El Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos recaído en los Proyectos de Ley 034/2011-CR, 307/2011-CR y 1136/2011-CR con un texto sustitutorio por el que se propone la Ley de los delitos informáticos, publicado con fecha 20 de Julio (a pesar de haberse aprobado el 26 de Junio tal como consta en la transcripción de la sesión de dicha fecha) busca enfrentar un fenómeno poco conocido por el legislador de la mejor manera que pueden: desarrollando un texto en base a su buen saber y entender, a pesar de que cuando pudimos le dimos un poco de información para poder comprender mejor el fenómeno, click aquí.

Sin duda un esfuerzo loable y notable por parte del legislador y de sus asesores (que tuvieron que capear criticas sobre la originalidad de los textos de los antecedentes [ver], al enfrentarse a un difícil tema como es el cybercrimen.

El proyecto ha pasado al Pleno donde se “debatirá” prontamente, incluyendo entre otros el siguiente texto: “No se encuentra dentro del alcance del secreto de las comunicaciones la información relacionada con la identidad de los titulares de telefonía móvil; los números de registro del cliente, de la línea telefónica y del equipo; el tráfico de llamadas y los números de protocolo de internet (números IP). Por lo tanto, las empresas proveedoras de servicios de telefonía e internet debe proporcionar la información antes señalada conjuntamente con los datos de identificación del titular del servicio que corresponda, a la Policía Nacional del Perú o al Ministerio Público dentro de las cuarenta y ocho horas de recibido el requerimiento, bajo responsabilidad, cuando estas instituciones actúen en el cumplimiento de sus funciones.” Mas asombroso que el texto mismo son los argumentos para mantenerlo expresados por el mismo presidente de la Comisión, Congresista Beingolea, quien indica que no estos temas “que creo que la cobertura constitucional no alcanza a estos”, es decir como si la información de números IP que son datos personales (A pesar que la ley de protección de datos personales dice: “art.2.4 dato personal: toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados”).

Entre los que hemos visto el peligro de la privacidad y los que han percibido un peligro a la libertad de expresión, tenemos razones mas que suficientes para temer por lo que implicaría este proyecto (casi tanto como la falta de reglamento de la ley de protección de datos, que deja en un limbo jurídico temas como los que pretende regular la presente ley).

[Continúe leyendo en el blog de Erick Iriarte]

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