
Lima, Perú (Spacio Libre).- Para una mejor comunicación en los procesos de consulta previa, el Ministerio de Cultura se hizo presente dando la orden para establecer registros de facilitadores e intérpretes de lenguas indígenas u originarias que permitirán dialogar con los nativos a través de un ambiente de confianza, sin inconvenientes culturales.
De esta manera, también se dispuso crear mediante una resolución ministerial, un libro de Registro de Resultados de los Procesos de Consulta Previa, en el que se estipularán los acuerdos adoptados en ese proceso.
Lo que se debe recordar…
Cabe resaltar que La Ley de Consulta previa se basa en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual trabaja para establecer las consultas que se informan en las comunidades indígenas antes de realizar actividades de extracción en sus territorios. Por ello, esta norma brinda a los pueblos nativos el derecho a opinar sobre las leyes que se consignen en sus zonas, así como también se les informen acerca de los proyectos de desarrollo nacional que los involucren
La encargada del mantenimiento y actualización de estos relevantes registros es la Dirección General de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos.
Por: Jorge Weston / @JorgeMWeston