2012: Cárcel para el periodismo
Foto: Reuters

2012: Cárcel para el periodismo

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Internacionales (Spacio Libre).- El 2012 se ha convertido en el año con más periodistas encarcelados a nivel mundial, algo que, según el Comité de Protección a Periodistas, se ha convertido en un récord.

El Comité de Protección a Periodistas promueve la libertad de prensa y desde 1990 registra los casos de encarcelamiento a periodistas de forma anual. En 1996 se registró un total de 185 encarcelamientos, cifra que ha sido superada el presente mes con 232 reporteros fotógrafos y editores presos, distribuidos en 27 países y privados de libertad bajo los cargos de “terrorismo” y crímenes contra el Estado.

Los países con más periodistas encarcelados son Turquía, Irán, China y Eritrea, las cifras son:

  1. Turquía: 49
  2. Irán: 45
  3. China: 32
  4. Eritrea: 28
  5. Siria: 15

Por parte de la región, en América, el único país que aparece en la lista es Cuba, tras el arresto de Calixto Ramón Martínez Arias, reportero de la agencia de noticias independiente Centro de Información Hablemos Press, quien investigaba versiones de que un cargamento internacional de medicamentos y equipos médicos había resultado dañado.

A todo esto, ¿qué está sucediendo en el Perú rodeado de ese terrible panorama?

El viernes pasado, 07 de diciembre del 2012, el Gobierno Peruano publicó el Decreto Legislativo N° 1129, el cual regula el Sistema de Defensa Nacional y dentro del cual contiene una privación a la libertad de prensa.

El artículo 12 de esta norma dice:

Acceso a la Información

Los acuerdos, actas, grabaciones, transcripciones y en general, toda información o documentación que se genere en el ámbito de los asuntos referidos a la Seguridad y Defensa Nacional, y aquellas que contienen las deliberaciones sostenidas en las sesiones del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, son de carácter secreto.

Esto supone una privación a la libertad del ejercicio periodístico en el caso de encontrarse investigando o publique irregularidades que atenten contra la defensa del país y sean de interés público.

Por otro lado, esta normativa iría en contra de la convención interamericana de derechos humanos, la jurisprudencia de la Corte Interamericana, la Constitución, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Sumado a esto, dentro de la Disposiciones Complementarias del mismo decreto se dice:

Toda persona que por razón de su cargo o función, tome conocimiento de información clasificada de carácter secreto, reservado o confidencial, relacionada con la Seguridad y Defensa Nacional, está obligada a guardar la reserva correspondiente.

De no cumplirse esta disposición, el periodista que la vulnere podría ir a la cárcel en un periodo que oscila entre los 10 y 15 años. Esto luego de poder ser denunciado por la comisión del delito de revelación de secretos nacionales o de información secreta del Sistema de Defensa Nacional, tipificados en los artículos 330º y 331-A del Código Penal, respectivamente.

Mira la norma [aquí]

Por: Mario Ramos / @mariorm7

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