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Uno de los males del ejercicio del periodismo tiene que ver con la precariedad en medio de la cual se desempeñan y que tiene en la falta de protección de los derechos laborales su principal imagen. En algunos casos, la delgada línea entre el activismo y la labor empresarial juegan una mala pasada.

Por Francisco Pérez García
@franco_alsur

Esto ha pasado en las últimas semanas con la periodista Suiry Sobrino quien laboró hasta finales de febrero en el portal Wayka. Dicha web se caracteriza por promover diversos temas desde un periodismo basado en el activismo, una vertiente que desde Spacio Libre siempre hemos promovido y ejercido desde el primer día.

Sin embargo, lo que cuenta Sobrino resulta en una primera mirada, alarmante. El post que publicó en sus redes fue el siguiente:

De la publicación se desprende, entre otras cosas, que pese a contar con un contrato por locación de servicios, que no genera vínculo laboral ni establece un horario fijo de oficina, ella se comprometió a realizar su trabajo en la sede de Wayka, de mutuo acuerdo con la directiva de la web. 

Además, denuncia haber sido víctima de hostigamiento laboral y de no haber recibido nunca una respuesta a sus quejas y que más bien se le ofrecieron una serie de beneficios posteriores que nunca se concretaron. 

En diálogo con nuestro portal, Sobrino asegura que aún no evalúa una posible demanda contra el medio. Señala que ella se quejó ante la directiva sobre esta situación en los meses de enero y febrero, pero que el silencio fue una constante respecto a este tema. 

El descargo de Wayka

La directiva de Wayka está conformada por Rael Mora y Luciana Távara, ambos periodistas con años de carrera. En comunicación con Spacio Libre adujeron que no entrarían en detalle de lo sucedido y que lamentaban la situación que Suiry Sobrino había denunciado en su cuenta de Facebook. 

Sin embargo, señalaron que si había aspectos que aclarar respecto a Wayka: 

«(…) como organización y como indica nuestra página web, Wayka es un medio comunitario sin fines de lucro y debido a que somos una organización sin fines lucrativos, la organización no produce ganancia monetaria alguna. Los ingresos de Wayka provienen de proyectos de derechos humanos por periodos específicos. Por tanto, solo podemos hacer contratos que reflejen dichos periodos de subvención. Todos los ingresos de Wayka se utilizan en las producciones de la organización. Wayka apuesta por el trabajo colectivo horizontal en su labor periodística. Todas nuestras publicaciones se proponen y se trabajan en equipo aprovechando la valiosa diversidad de enfoques y especialidades.»

Renzo Gotelli abogado / Foto: UCI Noticias

Comentarios de un especialista

Ante lo delicado de la situación nos pusimos en contacto con el abogado Renzo Gotelli, especialista en derecho laboral del estudio Gotelli y Yataco Arias Abogados. 

A él le consultamos en qué momento el vínculo laboral de Sobrino deja de ser por locación de servicios. Al respecto, Gotelli nos señala que «desde enero 2018, al trabajar en oficina 24 horas correspondía un contrato laboral part-time, con mayor razón cuando empezó a laborar 48 horas semanales».

Sobre la situación de Wayka como asociación civil sin fines de lucro, señala: 

Las asociaciones civiles u ONG tienen obligaciones laborales como cualquier persona jurídica que contrata personal para alcanzar sus fines.

Sobre su situación laboral, Gotelli da algunas recomendaciones para quienes firman contratos por locación de servicios. Sobre el particular, recuerda que un locador de servicios, no está obligado a cumplir con instrucciones o estar bajo subordinación ni exclusividad de un empleador sea esta persona natural o jurídica. Únicamente debe presentar un informe por sus servicios no personales en la fecha de pago.

«No debe tener un horario ni se le puede exigir laborar horas extra. Si esto no ocurre se desnaturaliza su vínculo y debe considerarse una relación laboral encubierta.», afirma. 

Sobre el tema de la renovación del contrato el abogado recuerda:

En un contrato de locación de servicios no existe la renovación automática, salvo el contrato señale lo contrario. En un contrato de trabajo encubierto o locación disfrazada, al transcurrir un mes se generan beneficios sociales. Los contratos de trabajo sujetos a modalidad (plazo fijo) al término del plazo se terminan, sin necesidad de comunicar previamente esta decisión. Sin embargo, en los contratos de plazo indefinido (aquellos que no hay contrato o se desnaturaliza la locación de servicios) la única forma de cesar es por renuncia o despido justificado y salvo algunas causales puntuales como: muerte del trabajador, desaparición de la empresa, incapacidad permanente, entre otros. Cuando se consulta si se debe avisar con tiempo, hay que señalar que si el contrato de trabajo tiene un plazo definido, basta con que concluya el plazo para que termine, no es necesario un aviso previo. 

Finalmente, al ser consultado sobre el tema de un posible pago de indemnizaciones, Gotelli asegura que Sobrino tiene un plazo de 30 días hábiles para denunciar a la empresa por despido arbitrario. Sin embargo, señala que «es importante definir en que régimen está la empresa, si es régimen regular la indemnización es 1.5 sueldos por año y si es micro empresa es 90 días sueldos por año trabajado, en tanto la pequeña empresa tiene un tope de 120 días sueldo por año trabajado».

Así las cosas, lo recomendable sería un proceso de conciliación y evitar los dimes y diretes en redes sociales que poco o nada contribuyen a la imagen de un medio de comunicación y de los periodistas que se puedan ver implicados en este caso. 

Sobre el autor

Por Francisco Pérez García

Periodista por vocación, profesión y adicción (y mucho de terquedad). Egresado de la Escuela de Periodismo Jaime Bausate y Meza. Fundador de Spacio Libre, interesado en toda la dinámica del periodismo digital y creyente de la (no) objetividad periodística y el enfoque con opiniones e interpretación. Especializado en temas de política y derechos humanos. Terco creyente que el país algún día cambiará y que el periodismo recuperará su función de informar y no de servir de plataforma para el mejor postor.

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